Número XIII, Año 6, Abril/2006
Valoración Crítica de la Nueva Ley de Arbitraje.
Por
José Ma. Chillón Medina
y
José F. Merino Merchán
La Conformidad en los Juicios Rápidos.
Por
María del Pilar Martín Ríos
Aproximación a la Nueva Ley 60/2003, de 23 de Diciembre, de Arbitraje.
Por
Juan Burgos Ladrón de Guevara
Arbitraje. Los Laudos Firmes Adquieren la Categoría de Cosa Juzgada.
Árbitro. Sus Resoluciones son Actos de Autoridad, y su Ejecución le Corresponde al Juez Designado por las Partes.
Arbitraje, Procedimiento De. La No Fijación de las Bases por las Partes al Árbitro para su Instauración, Implica su Abandono y hace Imposible su Tramitación.
Amparo. Legitimación para Promoverlo, en Representación de la Comisión Permanente de Arbitraje Comercial de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México.