08.08.08 Con el objetivo de profundizar en el conocimiento de los principios del Derecho Administrativo Sancionador y las consecuencias para quienes incurran en la violación del mismo por parte de servidores y funcionarios públicos del Poder Judicial de Michoacán, fue puesto en marcha el Seminario Taller ‘Derecho Administrativo Sancionador’.
Lo anterior, con la participación destacada de la Doctora en Derecho Judith Gifreu Font, profesora de la Universidad Autónoma de Barcelona, España, en una actividad extracurricular tanto en el programa académico del Tercer Semestre de la Primera Generación del Programa de la Especialidad en Impartición y Administración de Justicia, como el del Primer Semestre de la misma especialidad desarrollada por el Instituto de la Judicatura del Poder Judicial del Estado.
Dicha actividad complementaria fue puesta en marcha por el M. en D. Fernando Arreola Vega, Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial de Michoacán, quien subrayó la importancia del conocimiento de dicha materia por parte de los integrantes de la judicatura michoacana, en beneficio de la institución y de los justiciables: “Hacemos votos sinceros porque este ejercicio académico sea positivo y se alcancen los objetivos que de acuerdo con el plan de estudios de la especialidad se tienen trazados”.
De forma especial agradeció la participación de jueces y magistrados al dedicar tiempo extra para proseguir su capacitación profesional, y quienes han hecho un verdadero esfuerzo al participar en esta especialidad, “porque también se necesita mucho la capacitación”.
Por su parte, la profesora Gifreu Font destacó que la trascendencia de la materia teórica y práctica radica en el entendimiento de que el Derecho Administrativo Sancionador, materia aún incipiente en México, tiene el poder para sancionar a personas que cometan conductas que se extralimiten de la ley, pero al cual se le deben marcar límites.
Ahondó en que la administración, no por el hecho de serlo, puede operar libremente, sino que tiene también que actuar dentro de parámetros legales y con una total objetividad, “de tal manera que tiene que haber un control evidentemente por la vía judicial de todas las actividades que la administración realiza”.
Al respecto, el Director del Instituto de la Judicatura, M. en D. Emmanuel Roa Ortiz, expresó que con el seminario taller deberán quedar entendidos los principios que contiene el procedimiento administrativo sancionador, para quienes incurran en la violación de principios que la ley prevé, que pueden ser jueces, magistrados, consejeros, secretarios de acuerdos, proyectistas y todas las categorías de quienes participan en el ámbito judicial. “Le da claridad respecto a lo que se puede esperar en caso de que se presente alguna queja o que se inicie algún procedimiento administrativo sancionador, en este caso, en el contexto del Poder Judicial”. |